Respuesta de la Abogacía General del Estado a la consulta sobre la forma en la que habrá de procederse en el momento que pierda vigencia la suspension de los plazos previstos por el RD 463/2020
Informe de la Subdirección General de los Servicios Consultivos de la Abogacía General del Estado, de fecha 20 de marzo de 2020. Se adjunta el documento.