Ministerio de Justicia. Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fé Pública, sobre interpretación del artículo 40.3 y 40.5 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo en relación al plazo de formulación de cuentas anuales de sociedades de capital y de depósito en sociedades no cotizadas

En el presente caso, el Consejo General de Economistas de España eleva una consulta ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en relación con el modo de llevar a cabo el cómputo de los períodos legales para la formulación de cuentas …