Al igual que llegado al término del ejercicio económico de una entidad. Cuando se procede a la liquidación de una sociedad, se establece también el llamado periodo impositivo del impuesto de sociedades. ¿Quieres conocer más sobre este término, conocer el tiempo del que se dispone para la presentación del impuesto, así como su pago? ¡Te lo contamos en este post!
El periodo de impositivo en el Impuesto sobre Sociedades está regulado por el artículo 27 de la Ley del Impuesto. Pero ¡empecemos por el principio!
¿Qué es y cuándo se concluye el periodo impositivo del impuesto de sociedades?
Este periodo, trata del tiempo durante el que se realizan las operaciones gravadas y que por lo tanto, se incluirán en la declaración del impuesto sobre sociedades. Por regla general, se trata este periodo de tiempo, coincide con el ejercicio económico de cada sociedad, y no puede exceder los 12 meses.
Pero, existen excepciones, y en este caso cuando se trata de la liquidación de una sociedad. Por ello, aunque no haya finalizado el ejercicio económico, el periodo impositivo se entiende concluido en los siguientes casos:
- Cuando la entidad se extinga. Se entiende producida la extinción cuando tenga lugar el asiento de cancelación de la sociedad en el Registro Mercantil. Y que está, en consecuencia, obligada a presentar su declaración en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a dicho asiento de cancelación.
- Cuando tenga lugar un cambio de residencia de la entidad residente en territorio español al extranjero.
- Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la no sujeción al Impuesto sobre Sociedades de la entidad resultante.
- Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la modificación de su tipo de gravamen o la aplicación de un régimen tributario distinto.
La renta derivada de la transmisión posterior de los elementos patrimoniales existentes en el momento de la transformación o modificación, se entenderá generada de forma lineal, durante todo el tiempo de tenencia del elemento transmitido. La parte de dicha renta generada hasta el momento de la transformación o modificación se gravará aplicando el tipo de gravamen y el régimen tributario que hubiera correspondido a la entidad de haber conservado su forma, estatuto o régimen originario.
El periodo impositivo de forma general
Lo más habitual es que el período impositivo este comprendido entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre.
No obstante, hay actividades que su periodo impositivo no coincide con el año natural, aun cuando éste no exceda de 12 meses. Por ejemplo, el período impositivo podría ser desde 1 de septiembre hasta el 31 de agosto del año siguiente. Este periodo especialmente indicado para centros de estudios; o desde el 1 de febrero hasta el 31 de enero del año siguiente, muy utilizado por empresas dedicadas al comercio al menor que realizan el recuento de stocks a 31 de enero.
El periodo impositivo cuando se liquida una sociedad
En este supuesto, cuando una sociedad se liquida, tendrá que presentar una declaración del Impuesto sobre sociedades del último ejercicio completo, y otra, cuyo período impositivo finalizará en la fecha de inscripción de la escritura de liquidación en el Registro Mercantil.
En efecto, al liquidar una sociedad hay tres fechas a considerar:
- La fecha de otorgamiento de la escritura de liquidación ante el Notario
- La fecha de inscripción de la escritura de liquidación en el Registro Mercantil
- La fecha de publicación en el BORME de la inscripción en el RM de la escritura de liquidación
De este modo, el último día del período impositivo del ejercicio en el que se ha liquidado la sociedad será la segunda de las fechas indicadas. Es decir, la fecha de inscripción de la escritura de liquidación en el Registro Mercantil.
Un dato a tener en cuenta, es que el Impuesto sobre sociedades se presenta, por norma general,dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Por ejemplo, si este finaliza el 31 de diciembre. El plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades será del 1 al 25 de julio.
Al contrario, cuando se liquida una sociedad, el plazo para la presentación del último Impuesto sobre Sociedades se contará desde la fecha de inscripción de la escritura de liquidación en el Registro Mercantil.
Este es otro de los aspectos más importantes a tener en cuenta en el momento de liquidación de una sociedad. ¿Necesitas ayuda con la gestión fiscal de tu negocio, o con la presentación del Impuesto de Sociedades? En Bufete Cremades & Martínez podemos ayudarte gracias a nuestra profesionalidad y experiencia en el sector de servicios de gestión de empresas. ¡Ponte en contacto con nosotros!